¿Quiere contratar a profesionales extranjeros? Le contamos qué visado necesita

Muchas empresas en España buscan contratar profesionales extranjeros altamente cualificados que dispongan de habilidades no disponibles en la mano de obra local. Estos profesionales extranjeros altamente cualificados introducen y transmiten nuevas habilidades, forman y mejoran las habilidades de los trabajadores locales. Los trabajadores extranjeros altamente cualificados también aportan ideas y perspectivas diferentes al lugar de trabajo. Por último, la mezcla de varias culturas aporta una creatividad e innovación que sólo puede mejorar una empresa.

La Ley de Emprendedores permite contratar a profesionales extranjeros y anima a las empresas españolas a buscar y atraer talento que mejore la economía del país, alentando a los extranjeros extracomunitarios con talento y altamente cualificados a vivir y trabajar en España.

Visado para profesionales altamente cualificados

España dispone de un visado de residencia y trabajo para contratar a profesionales extranjeros no comunitarios altamente cualificados que tengan las siguientes cualificaciones:

  • Extranjeros no comunitarios con títulos de educación superior (máster o doctorado) de universidades y escuelas de negocios de prestigio
  • Extranjeros no comunitarios que sean directivos de grandes empresas o grupos empresariales
  • Extranjeros no comunitarios con alta cualificación tecnológica
  • Extranjeros no comunitarios que gestionen un personal altamente cualificado de un proyecto alineado con los intereses socioeconómicos de España
  • El trabajador extranjero no comunitario altamente cualificado debe tener una oferta de trabajo existente en una empresa en España
  • El trabajador extranjero no comunitario altamente cualificado debe tener al menos entre tres y cinco años de experiencia en el puesto de trabajo para el que es contratado

Pasos a seguir para la solicitud del visado

La empresa interesada y el trabajador extranjero altamente cualificado no comunitario sólo tienen que seguir unos sencillos pasos para solicitar la autorización de residencia y trabajo para el trabajador extranjero altamente cualificado no comunitario:

Paso 1

La empresa interesada debe iniciar el procedimiento y solicitar el visado de residencia y trabajo para el trabajador altamente cualificado no comunitario ante la Unidad de Grandes Empresas y Sectores Económicos Estratégicos o UGE y que será resuelto por el Director General de Migraciones.  Las solicitudes se pueden presentar por Internet en la página web de la UGE o a través del registro público de la Subdelegación del Gobierno en cualquier ciudad o de forma presencial en la sede de Madrid de la Unidad de Grandes Empresas (UGE).

Sólo podrán contratar trabajadores extranjeros altamente cualificados no comunitarios las siguientes empresas:

  • Grandes empresas y grupos empresariales que tengan un mínimo de 250 empleados y al menos 50 millones de euros de ingresos anuales o activos netos valorados en 43 millones de euros
  • Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que operen en un sector estratégico en España
  • Empresa que desarrolle un proyecto alineado con los intereses socioeconómicos de España

Paso 2

Una vez aprobada la solicitud de la empresa, el trabajador extranjero altamente cualificado no comunitario debe solicitar el visado personalmente en una embajada o consulado español si aún no se encuentra en España o si ya está en España con un visado legal como el de turista o estudiante puede iniciar la solicitud.

  • La solicitud debe presentarse al menos 90 días antes de la fecha prevista del viaje.
  • Una vez aprobada, se emitirá un permiso de residencia y trabajo para el solicitante.
  • El visado de residencia y trabajo tiene una validez de dos años y es renovable por otros dos años.

La Unidad de Grandes Empresas o UGE lo exige:

  • Los trabajadores extranjeros altamente cualificados no comunitarios deben ganar un salario de al menos 50.000 euros si es un gerente o director.
  • Al menos 40.000 euros si se trata de una categoría inferior.
  • Los trabajadores extranjeros altamente cualificados no comunitarios que ejercen profesiones reguladas como abogados, psicólogos clínicos, arquitectos, ingenieros que firman proyectos, entre otros, deben estar previamente convalidados en España. Este es un proceso que puede durar más de un año.  Es importante que este proceso se realice antes de solicitar el visado.

Ventajas del visado de residencia y trabajo para trabajadores extranjeros altamente cualificados no comunitarios

  • Los solicitantes pueden presentar solicitudes conjuntas y traer consigo a los miembros de su familia, cónyuge, hijos y padres dependientes.
  • Los solicitantes y los miembros de su familia pueden viajar libremente dentro del espacio Schengen.
  • El solicitante puede vivir y trabajar en cualquier lugar de España.
  • Los años de vigencia de este permiso de residencia y trabajo cuentan para la obtención de la nacionalidad española.
  • El permiso de residencia y trabajo es válido en 25 a 27 países de la Unión Europea, excepto Dinamarca e Irlanda.
  • No se requiere una prueba de mercado laboral.
  • Procedimiento simplificado de 20 días para la autorización de residencia y 10 días para los visados.
  • Un representante puede llevar a cabo el proceso de solicitud.

Cambio de empresa

Si un trabajador extranjero altamente cualificado no comunitario deja o es despedido por la empresa que ha solicitado su visado, el trabajador necesita notificarlo a la Unidad de Grandes Empresas o UGE. Si el trabajador altamente cualificado quiere seguir trabajando en España, deberá presentar una nueva solicitud de la nueva empresa que se concederá siempre que se demuestre que el solicitante sigue siendo un trabajador altamente cualificado. Esta nueva solicitud debe realizarse en los treinta días siguientes a la finalización del empleo anterior.